Actualizado el 7-10-2026. Factura electrónica entre empresas: obligatoria en octubre de 2027 para quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior y en octubre de 2028 para el resto (Orden HAC/1028/2026, BOE del 5-10-2026).
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Factura electrónica entre empresas: qué es, cuándo de verdad y qué hacer ya

Actualizado el 24 de agosto de 2026 · , Softnet Sistemas (Alicante, desde 1996)

La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales viene de la Ley Crea y Crece y se desarrolló con el Real Decreto 238/2026 (en vigor desde el 20 de abril de 2026). Sus plazos los fija la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (BOE del 5-10-2026, en vigor desde el 6 de octubre): octubre de 2027 para quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior y octubre de 2028 para el resto. Quien te venda una adaptación urgente «porque entra en vigor ya» te cuenta la película a medias.

«Verifactu regula cómo se genera la factura dentro de tu programa; la e-factura B2B regula cómo viaja hasta tu cliente. Una no sustituye a la otra.»

Dos obligaciones distintas (y el error que más dinero cuesta)

La confusión entre Verifactu y la factura electrónica B2B es la duda que más nos llega. La forma rápida de no volver a mezclarlas:

Verifactu · plazos publicados

Cómo se genera la factura

Ley 11/2021 y RD 1007/2023: tu software debe firmar y encadenar cada factura, con QR y registro inalterable. 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos y resto); aplazamiento anunciado a octubre de 2028, pendiente de BOE. Sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio.

E-factura B2B · octubre de 2027 y octubre de 2028

Cómo viaja la factura

Ley Crea y Crece, RD 238/2026 y Orden HAC/1028/2026: factura en formato EN 16931 (UBL), enviada por la solución pública y gratuita de la AEAT o por plataformas privadas interconectadas; quien recibe la factura informa del rechazo y del pago.

Las dos, con un sistema

Lo razonable

Una no sustituye a la otra. Una pyme que factura a otras empresas acabará cumpliendo ambas — y lo sensato es que su ERP o su módulo resuelva las dos sin contratar sistemas paralelos.

El calendario, con su letra pequeña

La Orden HAC/1028/2026 (BOE del 5-10-2026) ya fija los plazos. Esto es lo que hay publicado.

20-abr-2026
Entra en vigor el RD 238/2026
Publicado en el BOE el 31 de marzo.
5-oct-2026
Orden HAC/1028/2026, la que arranca el reloj
Publicada en el BOE del 5 de octubre y en vigor desde el 6. Fija los plazos de la factura electrónica entre empresas.
Octubre de 2027
Quien facturó más de 8 M€ el año anterior
Obligatoria según la Orden HAC/1028/2026.
Octubre de 2028
El resto, autónomos incluidos
Obligatoria según la Orden HAC/1028/2026. La inmensa mayoría de las pymes.

La trampa del calendario: aunque tú entres en 2028, tus clientes grandes entran un año antes — y pedirán a toda su cartera de proveedores que se adapte. El detalle completo, con las fuentes, en nuestra guía de la factura electrónica B2B.

Qué hacer ya (sin gastar un euro de más)

1 · Resuelve Verifactu

Es la obligación que cae antes (plazos publicados en 2027; aplazamiento anunciado a octubre de 2028, pendiente de BOE). Si dudas de si te aplica y desde cuándo, la calculadora te lo dice en un minuto.

2 · Pregunta a tu ERP por escrito

Cuál es su plan para la e-factura y su fecha. GoldenSoft, el ERP que implantamos, está preparado para la facturación electrónica obligatoria.

3 · Si vendes online, apúntate al aviso

VeriVenta, nuestro módulo Verifactu para PrestaShop y WooCommerce, evolucionará sobre la misma plataforma: tu inversión de hoy sigue valiendo mañana.

4 · No tires el PDF

Seguirá siendo la copia visual para las personas. Lo que cambia es el fichero que viaja entre máquinas, no lo que tú lees.

¿Me aplica Verifactu? Calcúlalo Ver VeriVenta ERP preparados (GoldenSoft)

Lista de espera: te avisamos cuando haya solución lista

Un solo aviso, en el momento que importa

Te escribimos únicamente cuando VeriVenta y nuestros ERP soporten la factura electrónica B2B. Nada de correos semanales. Confirmación por correo (doble opt-in), baja con un clic.

Divulgación, no asesoría fiscal: las fechas de la e-factura son las de la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE del 5-10-2026. Hacienda no ha aclarado aún qué pasa con los usuarios voluntarios ni qué obligaciones tendrán los fabricantes de software.

Preguntas frecuentes

¿La factura electrónica B2B ya es obligatoria?

Todavía no, pero ya tiene fechas. El reglamento (RD 238/2026) está en vigor desde el 20 de abril de 2026 y la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE del 5-10-2026 (en vigor desde el 6 de octubre), fija los plazos: octubre de 2027 para quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior y octubre de 2028 para el resto.

¿Cuándo me tocará a mí?

En octubre de 2027 si tu empresa facturó más de 8 millones de euros el año anterior, y en octubre de 2028 para el resto (autónomos incluidos), según la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE del 5-10-2026.

¿Cumplir Verifactu me exime de la e-factura?

No. Son dos obligaciones distintas: Verifactu afecta a cómo emites (registro firmado, QR). Plazos publicados: 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos y resto), según el Real Decreto-ley 15/2025. Aplazamiento anunciado por Hacienda el 5-10-2026: octubre de 2028 para todos, pendiente de BOE. La e-factura B2B afecta al formato y al canal por el que viaja la factura. Acabarás cumpliendo las dos, idealmente con el mismo sistema.

¿Qué hago ya para no gastar de más?

Resolver Verifactu (plazos publicados y aplazamiento anunciado, pendiente de BOE); preguntar a tu ERP o tu proveedor por escrito cuál es su plan para la e-factura; y si vendes con tienda online, apuntarte a nuestro aviso: VeriVenta evolucionará sobre la misma plataforma, sin cambiar de sistema.

Fuentes oficiales

Todo lo afirmado en esta página sale de aquí — compruébalo tú mismo:

Revisado el 24 de agosto de 2026 por (Softnet Sistemas, Alicante, desde 1996).

¿Tu cliente grande ya te lo está pidiendo?

Es el efecto cascada: los que entran en 2027 pedirán a toda su cartera de proveedores que se adapte antes. Cuéntanos tu caso y te decimos qué haríamos — y qué no hace falta todavía.

Escríbenos: ventas@aiprocessia.com

O llama al 965 91 61 65