La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales viene de la Ley Crea y Crece y se desarrolló con el Real Decreto 238/2026 (en vigor desde el 20 de abril de 2026). Pero sus plazos no cuentan desde el reglamento: cuentan desde una orden ministerial técnica que, a fecha de esta página, todavía no se ha publicado. Quien te venda una adaptación urgente «porque entra en vigor ya» te cuenta la película a medias.
La confusión entre Verifactu y la factura electrónica B2B es la duda que más nos llega. La forma rápida de no volver a mezclarlas:
Ley 11/2021 y RD 1007/2023: tu software debe firmar y encadenar cada factura, con QR y registro inalterable. 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos). Sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio.
Ley Crea y Crece y RD 238/2026: fichero estructurado legible por máquina (Facturae, UBL, CII o EDIFACT, según la norma europea EN 16931), enviado por una plataforma de intercambio, y con la obligación de comunicar después el estado de pago.
Una no sustituye a la otra. Una pyme que factura a otras empresas acabará cumpliendo ambas — y lo sensato es que su ERP o su módulo resuelva las dos sin contratar sistemas paralelos.
Aprobada, pero con el reloj parado. Esto es lo que hay publicado y lo que no, a fecha de agosto de 2026.
La trampa del calendario: aunque tú entres en 2028, tus clientes grandes entran un año antes — y pedirán a toda su cartera de proveedores que se adapte. El detalle completo, con las fuentes, en nuestra guía de la factura electrónica B2B.
Es la fecha firme y cae antes. Si dudas de si te aplica y desde cuándo, la calculadora te lo dice en un minuto.
Cuál es su plan para la e-factura y su fecha. GoldenSoft, el ERP que implantamos, está preparado para la facturación electrónica obligatoria.
FactuSign, nuestro módulo Verifactu para PrestaShop y WooCommerce, evolucionará sobre la misma plataforma: tu inversión de hoy sigue valiendo mañana.
Seguirá siendo la copia visual para las personas. Lo que cambia es el fichero que viaja entre máquinas, no lo que tú lees.
Te escribimos únicamente cuando el calendario oficial sea definitivo y cuando FactuSign y nuestros ERP soporten la factura electrónica B2B. Nada de correos semanales. Confirmación por correo (doble opt-in), baja con un clic.
Divulgación, no asesoría fiscal: las fechas de la e-factura son las previsibles a fecha de esta página y se moverán si la orden ministerial se retrasa. Las únicas fechas firmes son las de Verifactu.
No. El reglamento (RD 238/2026) está en vigor desde el 20 de abril de 2026, pero la obligación empieza a contar desde la entrada en vigor de una orden ministerial técnica que a fecha de hoy no se ha publicado. Hasta entonces, cualquier fecha es una estimación.
Previsiblemente, 12 meses después de esa orden si tu empresa factura más de 8 millones de euros al año, y 24 meses después para el resto (autónomos incluidos). Si la orden entrara en vigor el 1 de octubre de 2026, como plantea su borrador, hablaríamos de octubre de 2027 y octubre de 2028 — fechas orientativas, no oficiales.
No. Son dos obligaciones distintas: Verifactu afecta a cómo emites (registro firmado, QR) y tiene fecha firme —1 de enero de 2027 sociedades, 1 de julio de 2027 autónomos—; la e-factura B2B afecta al formato y al canal por el que viaja la factura. Acabarás cumpliendo las dos, idealmente con el mismo sistema.
Resolver Verifactu, que es la fecha firme; preguntar a tu ERP o tu proveedor por escrito cuál es su plan para la e-factura; y si vendes con tienda online, apuntarte a nuestro aviso: FactuSign evolucionará sobre la misma plataforma cuando el calendario sea definitivo, sin cambiar de sistema.
Es el efecto cascada: los que entran en 2027 pedirán a toda su cartera de proveedores que se adapte antes. Cuéntanos tu caso y te decimos qué haríamos — y qué no hace falta todavía.
O llama al 965 91 61 65